¿Mi seguro de barco cubre la estancia en tierra?

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Buenos días, navegantes.

Hoy nos haremos una simple pregunta que afecta a los usuarios de embarcaciones de recreo en estas fechas de preparación del barco para la próxima primavera o el verano.

¿Mi barco está cubierto mientras permanece en tierra?

En primer lugar tendremos que afrontar esta pregunta desde dos perspectivas diferentes.

1) En caso de que nuestro barco sea el perjudicado, el que sufre el daño (irá con cargo a la cobertura de daños propios)

2) En caso de que nuestro barco sea el causante, el que provoca el daño (cobertura de daños a terceros)

Vayamos a ello.

(1) Si tú barco resulta dañado en tierra

Si tú barco resulta dañado en tierra deberás revisar que la garantía de «daños en tierra o estancia en tierra» está incorporada a tu póliza. Eso o que tu cobertura incorpore el condicionado inglés, en cuyo caso ya te confirmo que la respuesta a esa pregunta es sí.
Si no tienes cobertura pero sí tienes incorporada la cobertura de «estancia en tierra» aún así deberás verificar su alcance.

Hay compañías que limitan la cobertura en tierra y solo cubren el incendio o la explosión, coberturas a nuestro entender muy escasas y que tu embarcación no merece.

En cambio, con las pólizas PLUS de MURIMAR tu cobertura será completa. 

Tu barco estará cubierto en tierra por nuestra póliza de todos los riesgos detallados en la póliza con la única salvedad de las exclusiones habituales de cualquier póliza y aseguradora.

Nota: Si el barco está a cargo de un taller o reparador será éste el responsable de lo que ocurra a tu embarcación, si bien nuestro consejo es que asegures los daños propios de tu barco y de este modo si ocurre un siniestro tu aseguradora se haga cargo y luego repercutirá contra el taller o reparador si así fuera necesario. Mayor seguridad, mayor tranquilidad.

Vamos ahora a revisar la otra perspectiva:

(2) Si tu barco causa un daño en tierra a un tercero

En este caso dependerás de que tu aseguradora haya incorporado una Responsabilidad Civil voluntaria que de solución a esa cobertura.

Ten en cuenta que el seguro obligatorio NO cubre esta situación y en caso de que no tengas tu seguro ampliado en este sentido (incluyendo la RC de Estancia en Tierra) tu cobertura flaqueará.

Otra cuestión a mayores son los posibles trabajos de mantenimiento que realices en tu barco.

Si eres de los manitas que tiene la fortuna de poseer el conocimiento, el tiempo y las ganas de dar la patente a tu barco, pintarla, etc…, debes tener en cuenta que deberás incorporar la cobertura de «RC del Armador para el Mantenimiento en Tierra» por si esa mano de pintura se te escapa a tu vecino de marina seca o de pantalán.

Sí, un rollo.

Pero no te preocupes, para eso estamos. Si tienes alguna duda déjate asesorar por unos profesionales con más de veinte años asegurando embarcaciones.

Como decían «Les luthiers», «Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe«.

El nuestro es info@lamardeseguro.com – Whatsapp: 609 53 03 83

Un saludo.

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