Seguro de barco (yate, velero, motor): claves para contratar las mejores coberturas

seguro de barco yate o velero: claves para contratar las mejores coberturas

Estimado navegante, a continuación vamos a detallar aquellos puntos que consideramos debes tener en cuenta a la hora de asegurar tu embarcación, o cuando menos, con el conocimiento necesario para saber en qué mares te metes.

Para ello relacionaremos los distintos riesgos a los que te enfrentas como armador y/o propietario de una embarcación y trataremos de dar respuesta a los mismos.

Así, dividiremos los mismos en función de si el DAÑO O PERJUICIO, motivo para la contratación de un seguro del barco, es PROPIO, afecta solo a tu embarcación o a ti como armador, o es un daño A UN TERCERO, es decir a aquellas personas que yendo a bordo de tu barco o fuera de él (en otras embarcaciones, bañistas, etc…), puedan ser dañadas o perjudicadas por una actuación tuya por la actividad de tu embarcación y tengan la consideración legal de terceras personas.

SEGURO DE DAÑOS PROPIOS DEL BARCO (VELERO, A MOTOR, YATE, …)

1) DAÑOS MATERIALES A LA EMBARCACIÓN

Hoy día, tanto si la embarcación es a motor o un velero, barco de vela latina o ligera, debes vigilar que la cobertura del seguro que contrates incluya la mayor parte de conceptos posibles dentro de esta cobertura ya que, hasta no hace mucho las aseguradoras los limitaban a lo que se denomina partes fijas del barco dejando al margen de esta cobertura tanto las velas como la embarcación auxiliar, por poner un par de ejemplos.

Es MUY importante y puede ser algo que marque la diferencia entre tener un mejor o peor seguro.

Por ejemplo, la cobertura de nuestro seguro de barco PLUS se ha actualizado y cumple con un criterio mucho más amplio en el que la cobertura de daños propios incluye al casco, los motores, las velas y accesorios (aparatos de navegación) fijados al barco, así como a la embarcación auxiliar (según criterio del RD 1435/2010) si la hubiera.

Ello quiere decir que todos estos conceptos asegurados tienen cobertura total contra multiutud de riesgos; los habituales en navegación (hundimiento, abordaje, golpe de mar, etc….) como aquellos no relacionados directamente con la navegación ( fuego, abrasión por calor, cortocircuito, robo, actos vandálicos, roedores, …) o incluso el clima (fuerza mayor, rayo, viento, pedrisco, lluvia, …).

Vigila tu póliza y confirma con tu mediador que ésta incluya esos conceptos asegurados bajo la cobertura de daños propios. Saldrás ganando.

2) DAÑOS PERSONALES DEL ARMADOR/PATRÓN Y SU FAMILIA

Hemos querido incluirte como posible perjudicado de daños propios porque, tal como estipula la normativa (R.D. 607/99) en lo relativo a daños personales, tú y tu familia directa no estáis incluidos al no ser considerados como terceras personas por lo cual para tener un mínimo de cobertura en caso de un accidente a bordo deberás suscribir la cobertura opcional de accidentes para ocupantes.

Ello, o tener un seguro 24 horas de atención médica – en Murimar disponemos de cobertura médica desde 47€ mensuales (0 – 44 años) – que te sirva tanto para tu vida diaria como en la navegación o un seguro de vida o accidentes que de respuesta a esas posibles eventualidades.

Nuestra cobertura de ocupantes estipula un capital fijo por persona sin distinguir su naturaleza (no solo para terceras personas) para los casos de fallecimiento, invalidez permanente total y parcial y asistencia médico-farmaceútica con un máximo por ocupante de 50.000€ y 5.000€ según el concepto asegurado.

SEGURO DE DAÑOS A TERCEROS DEL BARCO (VELERO, A MOTOR, YATE, …)

En esta cuestión y tal como hemos hecho en el punto anterior debemos distinguir entre Daños Materiales (otras embarcaciones, pantalanes, objetos personales de terceras personas,…) y Daños Personales (tripulantes de tu barco que no sean tu familia o tú mismo, ocupantes de otros barcos, bañistas,…)

El primer paso para cubrir este riesgo lo da el Legislador con el establecimiento de un seguro obligatorio el cual establece un capital asegurado máximo en función del concepto del daño causado:

  • Daños personales: 240.040€ con un sub-límite por víctima de 120.000€
  • Daños materiales: 96.141€

Como tú mismo habrás observado no se trata de una cobertura muy completa por lo que a partir de ahí deberás preocuparte de vigilar que tu aseguradora complemente dicho capital con un seguro voluntario que te permita un mayor margen de seguridad.

Seguros MURIMAR sube los capitales asegurados a estos importes:

  • Daños personales y materiales: 1.000.000€ a mayores.
  • Elevamos el sub-límite por víctima a 150.000€ (en breve lo subiremos a 300.000€).

Como ves, una diferencia considerable.

A mayores de estas coberturas que consideramos la base de cualquier seguro puedes complementar tu póliza con coberturas genéricas que toda póliza de daños debería incluir (como la remoción de restos), o aquellas más específicas según la naturaleza de tu embarcación: regatas, avería de maquinaria, todo-riesgo mástiles, toldos, fundas y lonas o asistencia en tierra para ocupantes, por decir algunas de ellas.

Asimismo en otros post seguiremos comentando el funcionamiento de otras coberturas de seguro que te pueden afectar llegado el caso: la pérdida total, sobre todo el cómo funciona y cómo valoran las aseguradoras tu embarcación en caso de que ocurra tal terrible desenlace.

Seguimos navegando…»

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