¿QUÉ VALOR DEBO DARLE A MI BARCO (YATE, VELERO, MOTOR) AL ASEGURARLO?

Si has pasado por la experiencia de seguro velero, más aún, si has tenido un siniestro importante, sabrás de la importancia de indicar un importe asegurado correcto en la contratación de tu póliza.

Sí aún tienes dudas al respecto, en las siguientes líneas trataremos de resolverlas y servirte de ayuda. Como siempre, trataremos de ser lo más prácticos posibles. Si crees que no hemos sido claros o mantienes tus dudas al respecto no dudes en dejar un comentario y trataremos de contestarte lo antes posible.

Recomendaciones para valorar un barco a la hora de asegurarlo

Iniciamos la navegación… Nos pondremos en tu piel y haremos como si fuéramos los afortunados poseedores de una embarcación de recreo, velero, motor o a remos. Da igual el tipo.

Puestos en situación se nos presentarán dos únicas posibilidades a la hora de tomar en consideración el valor asegurado de nuestro barco: si es nuevo o no.

1 ) Valor a asegurar si nuestro barco es nuevo

En el caso de que nuestro barco sea nuevo, el precio de venta de tarifa deberá ser el valor a asegurar en póliza. Ni se te ocurra asegurarlo por menos.

– «Es que me han hecho un precio muy bueno y en realidad me ha costado un 15% menos.»

«Da igual. Asegúralo por el precio de tarifa.»

Si has tenido la fortuna de haberte aprovechado de un descuento en la compra hazte esta pregunta:

«¿Podrás disponer de ese mismo descuento en un futuro en caso de la pérdida total de tu embarcación? ¿Seguro?».

No lo dudes, no vale la pena. Asegura el barco por su valor de tarifa y evítate problemas. En un seguro los ahorros del presente son las facturas del futuro.

Entonces estamos de acuerdo, nuestro barco es nuevo y le hemos puesto el precio de tarifa.

¿Qué harán las aseguradoras en caso de siniestro de mi barco?

Pues lo normal será que acepten dicho valor de tarifa como importe de indemnización en caso de pérdida total durante los dos primeros años de vida de la póliza.

Tendrás que revisar tu póliza, no deja de ser un contrato, pero esto es lo normal y lo que Murimar hace con sus pólizas. Si no recibes este trato un solo consejo, cambia de compañía.

2 ) Valor a asegurar si nuestro barco no es nuevo

Pasados esos dos años, la cosa cambiará y entramos en la segunda opción, tu barco pasará a tener la consideración de usado, de segunda mano o no nuevo, como decíamos antes. Por cierto, hablando de barcos usados, Te recomendamos leas esta entrada sobre la importancia del mantenimiento de tú barco (yate, velero, motora).

En ese caso, o bien dejarás ese valor inicial (el de tarifa) para tener margen de maniobra en caso de un siniestro parcial grave (rotura de una cola, un mástil roto, etc…) o bien habrás rebajado su valor total para adecuarlo a un valor real de mercado según el paso de los años.

En este punto es importante la previsión de situaciones a las que te puedes enfrentar. Si bajas el valor asegurado porque tu barco ya no es nuevo o, como decía antes, aseguras tu barco usado por primera vez, debes tener mucha atención a esto:

A) En caso de pérdida total del barco

El temido hundimiento o el llamado siniestro total (abandono o pérdida total constructiva en terminología marítima), nuestra aseguradora se regirá por el valor de mercado de nuestra embarcación en el momento del siniestro. El perito enviado por tu aseguradora buscará en el mercado de segunda mano un barco del mismo modelo que el tuyo o de características similares y hará una media estimada según el mercado de compra-venta en ese momento. Un criterio en nuestra opinión caprichoso equivalente a los vaivenes de la economía de mercado, pero… no hay otro.

Una apreciación. Da igual que aseguremos nuestro barco por 1.000.000€ si en realidad su valor de mercado es de 40.000€. En caso de siniestro nuestra aseguradora nos abonará el máximo del valor de mercado y, eso sí, nos devolverá la prima abonada de más en el período asegurado del siniestro (el año en vigor de la póliza). Pero el resto de años que hemos estado pagando de más por ese valor desproporcionado no habrán servido de nada, y lo que es peor, no nos devolverán el dinero.

Esto por el lado de la pérdida total. Claro, ¿no?.

B) En caso de siniestro grave del barco

Otra situación distinta es si tenemos un siniestro grave, que no llegue al nivel de alcanzar la pérdida total de la embarcación. Pongamos una rotura de una cola (o dos), un mástil roto, etc…, siniestros que por sí solos no representan la pérdida total del barco pero que si nos atenemos a su valor monetario acercan a tu embarcación a esa circunstancia.

El problema se puede generar de la siguiente forma. Con un ejemplo lo verás mejor: Compramos una motora 80 (o un velero, o un yate, o una moto de agua, etc.) de segunda mano. Nos ha costado 35.000€. Es un barco con dos motores intra con cola. Lo aseguramos por ese total, los 35.000€ y hacemos el siguiente desglose:

  • Casco: 12.000€
  • Motor: 18.000€
  • Aparatos: 3.000€
  • Embarcación Auxiliar: 2.000€
  • TOTAL: 35.000€

Correcto, ¿no?. Eso parece…

Pero un buen, corrijo, un mal día navegando no vemos un bajo y colisionamos con las dos colas contra él y las rompemos. El presupuesto de reposición de esas colas (porque quieres poner unas colas nuevas) pongamos que es de 30.000€, 15.000 € por cola. Y aquí viene el problema, el grave problema. Tú has asegurado tu barco en un total de 35.000€ pero en el apartado de motor has puesto que vale 18.000€. Lo repito, 18.000€.

Esa cantidad, los 18.000 €, serán el límite máximo de indemnización a tu favor, excepto partidas que puedan ser derivadas a la parte del casco o a la general de la póliza (un remolque por ejemplo) con lo cual tendrás que pagar aparte la diferencia del coste de las colas nuevas. Eso, o colocar unas que se adapten a ese importe de indemnización máximo, es decir, unas de segunda mano, si es que las encuentras.

Esta situación se puede repetir con cualquier tipo de siniestro que afecte a nuestra embarcación y sea el tipo de barco que sea. Si el siniestro hubiera afectado al casco y su reparación superase los 12.000€ del ejemplo anterior sucedería lo mismo. El límite máximo indemnizable es la suma asegurada de cada concepto. Tatúatelo a fuego.

Nuestros consejos finales sobre el valor del barco a asegurar

Nuestro consejo, aún sabiendo que en caso de pérdida total cobrarás por el valor de mercado de tu barco, es que asegures tu barco con un valor suficiente para afrontar este otro tipo de siniestros. Seguramente no hace falta llegar a poner el valor de tarifa pero ten cuidado de no quedarte corto.

Y un último consejo para cualquier tipo de circunstancia a la que te puedas enfrentar, sobre todo para un siniestro de pérdida total pero para cualquiera en realidad.

Cualquier obra de mejora, mantenimiento importante o cualquier otro gasto que hagas en tu barco guarda las facturas. Servirán en caso de pérdida total para diferenciar tu barco de los que sirvan a tu aseguradora como ejemplo a la hora de valorarlo y así poder incrementar la indemnización.

Pongamos por caso que tu barco nuevo costó 80.000€ pero pasados siete años, fecha en la que se ha – Dios no lo quiera – hundido, se encuentra de segunda mano, por decir alguna cantidad en la mitad de su valor inicial, 40.000€.

Pero, exagerando un poco, solo un poco, tú en su día le habías puesto al baño mármol de carrara y una pátina de oro, y la habilitación interior la forraste de madera de caoba emulsionada con esencia de aves del paraíso y flores de la pasión… Cada partida te costó un buen dinero.

¿Cómo lo podrás justificar ante tu aseguradora si el barco está en el fondo del mar? Con FACTURAS. Eso o contrata a un profesional y haz una peritación periódica de tu barco. No hay otra forma. Si no no podrás justificar ningún extra o añadido que diferencie tu barco de cualquier otro del mismo modelo. Así de sencillo.

Esperamos haber sido lo suficientemente claros y con nuestra explicación no te hayamos provocado un mareo o un pertinaz dolor de cabeza. No ha sido nuestra intención.

En todo caso quedamos a vuestra disposición para cualquier aclaración al respecto.

Seguimos navegando…

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